RECLAMAN RAMPA PARA DISCAPACITADOS

En la primera sesión del Honorable Concejo Bruno Bazán (FPCS) impulso nuevamente el reclamo por la rampa para personas con capacidades diferentes en las oficinas de dependencias provinciales del edificio de calle 9 de julio.

Bazán pidió la aprobación sobre tablas del Proyecto de Comunicación y le solicito a la Comisión de Obras, Servicios Públicos, Moralidad, e Higiene inste de manera inmediata al Gobierno de la Provincia cumpla con lo que exige la Ley Nacional de Discapacidad.
El año pasado el proyecto que se había presentado y estaba en la comisión antes mencionada no tuvo ningún tipo de dictamen y tampoco se reenvió copia del reclamo a las dependencias provinciales, para que estas den respuestas a esta gran necesidad que tenemos los sanjavierinos.
La comisión de Obras, Servicios Públicos, Moralidad e Higiene se reúne hoy jueves 15 de marzo para formalizar el reclamo y enviarlo en las horas posteriores al Gobierno Provincial.
EL PROYECTO

FRENTE PROGRESISTA CIVICO Y SOCIAL

VISTO:

El constante reclamo por la falta de rampa en el acceso al Registro Civil, Api, y Juzgado de nuestra Ciudad.-

CONSIDERANDO:

Que el año pasado este Concejo trato un Proyecto de Ordenanza donde se daba una respuesta alternativa a una demanda tan grande en nuestra sociedad.

Que es primordial para nosotros dar cumplimiento a la Ley Nacional de Discapacidad.

Que  al Edificio que se encuentra ubicado en calle 9 de julio confluyen muchas personas ya que se encuentran tres dependencias muy importantes.

Que la Ley Nacional nº  22. 431, en su articulo 22 prevé lo siguiente: “En toda obra pública que se destine a actividades que supongan el ingreso de público, deberán preverse accesos, medios de circulación e instalaciones adecuadas para personas discapacitadas.”

Por todo esto el Frente Progresista Cívico y Social eleva el siguiente Proyecto de Comunicación:

Art.1: Solicitar a la Comisión de Obras, Servicios Públicos, Moralidad e Higiene de este Honorable Concejo inste de manera inmediata al Gobierno de la Provincia de Santa Fe, de cumplimiento al articulo 22 de la Ley Nacional 22. 431. colocando la rampa de acceso para personas discapacitadas.

Art. 2: El pedido debe realizarse a las tres dependencias que funcionan en el Edificio de calle 9 de julio.-

Art. 3: En las gestiones que la Comisión de Obras, Servicios Públicos, Moralidad e Higiene realice debe adjuntarse el Proyecto de Ordenanza que ingreso en el año 2011 en el Honorable Concejo Deliberante, como así también notas periodísticas haciéndose eco del eminente reclamo de la Sociedad.

Art. 4: De forma.-

FUENTE: Prensa Concejal Bazán

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