PROYECTO DE ORDENANZA PROTEGIENDO LOS ESPACIOS PÚBLICOS
El Bloque del Partido Justicialista, Unidad Ciudadana dio a conocer un proyecto donde el ejecutivo municipal, tendrá la facultad de reclamar económicamente, el monto total que genere la reparación, o recambio, mas costos logísticos a personas que sean responsables de daños, deterioro o alteración ocasionados en espacios públicos.
El proyecto
Visto: la necesidad de mantener en condiciones la infraestructura de la ciudad, y considerando:
Que la situación que se genera muchas veces en la ciudad por diversos daños causados a los bienes públicos, por acción o por omisión como así también en forma accidental debe ser reparado por el municipio con dinero de todos los vecinos.
Que muchas veces vemos actos de vandalismo en el camping municipal, contra asadores, baños, anfiteatro, arboles, flores, plantas, etc., generan un gasto tremendo para volver a ponerlos en condiciones.
Que en ocasiones nos enteramos de daños a edificios públicos, como rotura de vidrios, puertas, paredes pintadas, etc.
Que es obligación de todos los ciudadanos actuar cívicamente en el uso responsable de instalaciones que integran los espacios públicos de la ciudad.
Que el derecho no protege a quien causa perjuicios a otros, sino que, por el contrario, hace nacer una obligación.
Que en varios casos vemos accidentes en automóviles donde se destruyen farolas de luminaria publica, canteros, semáforos, canteros, etc., y el municipio tiene que afrontar los gastos de reparación con dinero de todos los contribuyentes.
Por todo ello, el bloque Unidad Ciudadana Pj, eleva el siguiente proyecto de ordenanza:
Artículo 1: el ejecutivo municipal, tendrá la facultad de reclamar económicamente, el monto total que genere la reparación, o recambio, mas costos logísticos a personas que sean responsables de daños, deterioro o alteración ocasionados en espacios públicos.
Artículo 2: se aplicará el artículo primero de la misma ordenanza en los casos que se encuentren afectados, arboles, plantas, flores, monumentos, columnas de iluminación, semáforos, bancos y cualquier otro elemento existente en plazas, parques, calles, caminos y espacios públicos.
Artículo 3: se aplicará una multa del doble del presupuesto de regeneración, en caso que los bienes perjudicados sean declarados monumentos históricos.
Artículo 4: en caso que el infractor sea menor de edad, la acción será contra el padre, madre o tutor encargado.
Artículo 5: en caso que el responsable o la guarda en caso de menores, no cumplan con las sanciones establecidas en los artículos de esta ordenanza, se imputara el monto del daño ocasionado directamente en la tasa municipal a nombre del contribuyente.
Artículo 6: de forma.
FOTO: Archivo
FUENTE: Prensa Bloque Unidad Ciudadana
