ACLARACIONES DE LA UNIDAD FISCAL DE SAN JAVIER
El día 1º de febrero retomé mis funciones como fiscal Jefa de la Unidad Fiscal San Javier, sin embargo encontrándome de licencia estuve al tanto de las noticias y situaciones vividas en nuestra ciudad.
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Entiendo perjudicial para la gestión de esta Fiscalía no aclarar diferentes cuestiones que fueron interpretadas de forma confusa y a los fines de que todos puedan conocer algunas cuestiones relativas al funcionamiento del Ministerio Público de la Acusación, sus facultades y límites.
En primer lugar quisiera aclarar que mi licencia anual de enero se encuentra dispuesta por ley, no siendo facultativo para mí, tomarla o no tomarla. Una vez dispuesta mi licencia por la Fiscalía Regional, ceso en mis funciones. Esto implica que NO PUEDO disponer órdenes ni continuar interviniendo en trámite alguno de causas durante el período de mi licencia.
Amén de lo expuesto, el fiscal en turno de la Unidad Fiscal Santa Fe se hizo cargo también del turno de la Unidad Fiscal San Javier, así como yo misma lo he hecho en la semana del 14 al 20 de julio del año pasado, quedando en turno en la ciudad de Santa Fe a cargo de las Unidades Fiscales Santa Fe, Las Colonias, San Martín y San Javier.
Es falso que la fiscalía haya quedado acéfala, así como es falso que los fiscales a cargo de los turnos de Santa Fe no se hayan ocupado de los hechos ocurridos en San Javier, siendo ejemplo de ello que el día 10 de enero del corriente la Fiscal Milagros Parodi me comunicó el dictado de la prisión preventiva por parte del Sr. Juez Patrizi de dos sujetos que cometieron un robo en banda y con participación de menores en nuestra ciudad.
Asimismo, es falso que yo haya impartido orden alguna a las fuerzas de seguridad impidiéndoles tomar denuncias, realizar aprehensiones en flagrancia, requisas o solicitar órdenes de allanamiento al fiscal en turno, tal como lo manifestó una vecina al Diario El Litoral.
En nuestra Unidad Fiscal San Javier ya contamos con un caudal importante de causas las cuales todas deben tramitarse, siendo realmente inverosímil y ridículo sostener que es de mi interés enseñarles técnicas de evasión de la justicia a imputados. Entiendo que el rumor, más allá de malintencionado por parte de quien lo haya divulgado, carece de todo sentido: nada más perjudicial para la fiscalía que continuar generándonos más trabajo aún, amén de constituir una clara violación a mi principal objetivo, representar los intereses de las víctimas de delitos. Entiendo que de parte de quien se haga cargo de la divulgación de tales mentiras, correspondería interponga una denuncia por ante las autoridades del Ministerio Público de la Acusación.
También es necesario aclarar dos cuestiones que a menudo se confunden: “inseguridad” con “impunidad”. Desde el comienzo de la gestión se aclaró que lo que se pretendía era combatir la impunidad. Esto es, en las causas que tengamos imputados, y suficientes elementos probatorios, concluirlas por sentencia, acuerdo de partes o suspensión de juicio a prueba (que es un derecho que el Código Penal otorga al imputado en su primer causa), evitando la prescripción de las mismas.
No es misión de la Fiscalía, ni cuenta con los medios materiales, ni herramienta legal alguna para combatir la inseguridad. La “prevención” de los delitos no es de nuestra incumbencia. Es cierto que he realizado reclamos a diversas autoridades en virtud de evitar la comisión de delitos o solicitando la provisión de medios materiales a las fuerzas de seguridad, pero dichos reclamos los he efectuado como actor social interesado en el bienestar de la comunidad, es decir, dichas intervenciones no son fruto del cumplimiento de una directiva de nuestra ley orgánica. Nuestra actuación es posterior a la comisión del delito, y siempre y cuando tengamos un imputado y logremos colectar suficientes elementos probatorios.
Asimismo, estamos impedidos por ley de actuar en las causas cuyos imputado sean menores de edad. Tengo entendido que en la mayoría de los hechos cometidos durante el mes de enero, involucran a menores de edad, por lo cual, el reclamo tiene que encausarse hacia la autoridad competente en dichos hechos: el Juez de Menores.
También es importante aclarar que el Ministerio Público de la Acusación no reemplaza a las autoridades del Ministerio de Seguridad. Las fuerzas de seguridad deben seguir nuestras instrucciones SÓLO en la investigación de las hechos delictivos. No puede el fiscal “dar órdenes” a la policía de cómo organizar sus labores, cómo patrullar, organizar operativos de control, ni siquiera sancionar a los funcionarios policiales. Dichas facultades las poseen únicamente los directivos del Ministerio de Seguridad y de la Policía de la Provincia de Santa Fe.
La prevención del delito se encuentra a cargo del Ministerio de Seguridad y no del Poder Judicial, al cual pertenece el Ministerio Público de la Acusación.
En este sentido, también quisiera aclarar que la cuestión de la “inseguridad” es sumamente compleja. El fenómeno del acrecentamiento del número de delitos no puede achacarse sólo a fallas en el accionar policial o de la justicia, tienen incidencia innumerables factores sociales (pobreza, adicciones a sustancias prohibidas, etc.), que exceden el marco de nuestra ciudad, en los cuales otros actores sociales tienen roles también relevantes.
Reitero el compromiso de esta Fiscalía mantener una posición neutral y respetuosa de lo normado por el art. 16 de nuestra Constitución Nacional, esto es “el trato igualitario a todos los habitantes”, así como continúo expresando nuestro compromiso en la priorización de la resolución de los conflictos, con la honestidad y transparencia de nuestra gestión.
No quiero dejar pasar la oportunidad para pedirle a la comunidad participación en la búsqueda de resultados positivos en la resolución de los casos: realizar las denuncias ante la toma de conocimiento de hechos delictivos, hayan sido o no víctimas, no comprar objetos de dudosa procedencia (ya que es poco probable que los bienes sustraídos sean comerciados fuera de nuestra ciudad) y la participación como testigos, que constituye una prueba fundamental sin la cual nos veremos seriamente perjudicados sino impedidos de cumplir con nuestro objetivo: hacer justicia.
FUENTE: Dra. Rosana Marcolín
