EDICTO

Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 20 de la Localidad de San Javier, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados “RUGGIA PABLO RAMON S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” – Expte. N° 20 del Año 2015, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don RUGGIA PABLO RAMON, Libreta de Enrolamiento N° 6.205.631, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley.

Para mayor recaudo legal se transcribe – en su parte pertinente- el decreto que así lo ordena y dice: —«San Javier, 20 de Marzo de 2015. (…) Estando acreditado el fallecimiento de Ruggia, Pablo Ramón con la partida de defunción  acompañada; declarase abierto su juicio de declaratoria de herederos. Publíquense edictos por el término de ley  en el Boletín Oficial y exhíbanse los mismos en las puertas del juzgado. Asimismo se proceda a publicar los mismos, en un medio gráfico y radial de los de mayor difusión en el ámbito local (tres veces por el término de diez días). (…) Fdo. Dra. LILIAN INSAURRALDE (Jueza)– Dra. SILVINA D. DEMBORYNISKI (Secretaria Subrogante)”.-