NUEVO CÓDIGO DE TRANSITO UNIFICADO
La Municipalidad de San Javier informa que esta en vigencia el nuevo Código de Transito Unificado establecido mediante Ordenanza del honorable Concejo Municipal Nº 038/2011 el cual muestra importantes modificaciones al anterior que databa del año 1992 sobre todo en el importe de las multas a las infracciones.
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El mismo establece en los artículos: ARTICULO 51º: Las infracciones serán penadas con arreglos a las disposiciones establecidas a continuación. El monto de las multas esta dado en equivalencia al precio por litro de nafta común, al momento de confeccionar la misma:
a) Por guiar vehículos careciendo de documentación prevista en la presente reglamentación Ley Nacional y decretos Provinciales 40 litros.-
b) Por guiar vehículos con licencia de conducir vencida…………… 30 litros.-
c) Por falsificar o adulterar licencia de conductor ……………… 100 litros.-
d) Por circular sin chapa patente o llevarla en estado que dificulte su identificación ……………………………………………………….. 40 litros.-
e) Por conducir motos, bicimotos, motonetas, etc., sin llevar colocados los cascos de seguridad……………………………………………… 100 litros.-
f) Por retornar a media cuadra o realizar giros en “U” en bocacalles o circular marcha atrás en forma indebida o injustificada…………. 30 litros.-
g) Por conducción de vehículos a cargo de menores de edad….. 150 litros.-
h) Por falta de aparato silenciador o provocar ruidos molestos… 50 litros.-
i) Por exceso de velocidad en contravención articulo 38º ……150 litros.-
j) Por carecer de carrocería adecuada para transportar materiales (Articulo 41º) ………………………………………………………………….. 40 litros.-
k) Por contravención articulo 42º …………………………………….. 40 litros.-
l) Por contravención articulo 43º …………………………………….. 40 litros.-
m) Por contravención articulo 44º …………………………………….. 40 litros.-
n) Por contravención articulo 45º ……………………………….….. 200 litros.-
o) Por mal estacionamiento (contra mano doble fila, en ochava a menos de 10 metros de las esquinas para vehículos livianos y 15 metros para vehículos de carga pesada, etc.)………………………………..… 50 litros.-
p) Por contravención articulo 47º y 48º ……………………………… 40 litros.-
q) Por circular sin las luces que especifica el reglamento general de transito y las disposiciones emanadas de este código……………….….. 30 litros.-
r) Por cruzar semáforo en rojo …………………………………..… 200 litros.-
s) Por circular en sentido contrario al señalado (contra mano)…… 50 litros.-
t) Toda otra infracción no contemplada en este código de transito unificado será multada con …………………………………………………. 300 litros.-
ARTÍCULO 52º: Estos importes se aplicaran por primera vez, duplicándose en caso de reincidencia y así sucesivamente hasta un máximo del quíntuplo de la multa básica, a partir de la cual las multas sucesivas llevaran el valor del quíntuplo.-
ARTICULO 53º: Los vehículos secuestrados deberán abonar por estadía una multa de 4 (cuatro) litros de nafta súper por día a partir del sexto día de residencia.-
ARTÍCULO 54º: Las multas que fueran aplicadas en los incisos e, i y r se destinaran en un 50% para bomberos voluntarios y trauma del hospital repartiéndose en mitades para cada uno.-
Se solicita a la población tomar conciencia de la importancia de respetar la reglamentación vigente y evitar así cualquier sanción que será aplicada sin excepción alguna.
FUENTE: Prensa Municipalidad de San Javier

Perfecto. Ahora, quién puede sacarme esta duda? Cual es el monto de la multa por circular sin la revisión técnica vehicular al día?
Muy bueno ,exelente ,tambien seria bueno si lo hacen cumplir con todos los infractores ,NO QUE HAYA HIJOS Y ENTENADOS ,a buen entendedor pocas palabras .
Todo muy lindo, pero; hay tractores de la MUNICIPALIDAD que andan por TODO SAN JAVIER con 2 y hasta 3 ACOPLADOS A LA VEZ, mi pregunta es ¿quien autoriza eso?¿quien controla?¿los impectores no pueden multar al chofer o a la Municipalidad? Tal como pasa en la Policia que hay una Delegacion que se encarga de los ASUNTOS INTERNOS. Saludos. Ah no se olviden de los TRACTORES y los ACOPLADOS, es el mismo Municipio quien pone las reglas y las violan.
bueno nos quejamos por que el tractor tiene 1,2 y 3 acoplados, si la municipalidad no levanta la basura también nos quejamos….. nunca dejamos conforme a todosss…..
lo que me gustaría es que hagan conocer lo que significan los artículos que no están expuestos para que el publico en general los conozca
agustin antes de opinar lee la ordenanza esta contemlado el uso de tractores municipales y otras reparticiones publicas. y felicito estas nuevas normas y tambien espero que las hagan cumplir y multen del primero hasta el ultimo infractor.
quiero saber si los vehículos oficiales poseen todos los requisitos al día?
y con respecto a la revisión técnica los únicos autorizados para solicitarla son los de gendarmería en rutas nacionales.
seria bueno que los inspectores dispongan de motos para desempeñar mejor y mas agil su tarea a su vez cubrir toda la ciudad y parte de la ruta en zonaurbana
me gustaria que la municipalidad saque a esos camiones que se encuentran en los talleres mecanico molestando media calzada del arteria afaltada y de las calle de tierra molestan las visuales a los automovilista,se pueden ocacionar acidentes y despues nadie se hace cargo,los coletivos que estan estacioinado de larga distancia en las calle de la ciudad.
Haber «YIYI» y «ELEONOR» (o como se llamen), se leer y tengo mas estudios que, seguro. Donde se ve, en que parte del mundo que promulguen una ley, ordenanza o como las quiera llamar y que sea el mismo Municipio quien la este Violando. Si mal no recuerdo cada vez que paso por SJ veo ese tractor en mal estado, capaz q con suerte el chofer debe tener el carnet vencido (si lo tiene), y detras eso (el tractor) van colgadas mas de 4 5 personas.
Y si por mantener la Ciudad LIMPIA, creo que hay mas opciones para hacerlo. PD: miremos mas alla de la nariz
estoy de acuerdo con la normativa ya q somos hijos del rigor espero q asi empecemos a cumplir las reglas de transito ya q ahora nos tocan lo q mas nos duele, EL BOLSILLO…..