PARTE POLICIAL
Homicidio-Resistencia Contra la Autoridad-Tenencia y Portación Indebida de Arma de Fuego de Uso Civil y Prohibido- Abuso de Arma Blanca- Entorpecimiento de Procedimiento Policial.
Se recepciona comunicación telefónica tomando conocimiento que intersección de Dr. de la Colina y Lavalle se estaría produciendo una gresca entre unos masculinos, los que andarían corriendo con armas de fuego; constituidos en el lugar el personal policial toma conocimiento que habría un masculino herido con arma de fuego y que el mismo fue trasladado al nosocomio local, vecinos del lugar manifiestan el nombre del agresor, al mismo tiempo comienzan a caer cascotes hacia los actuantes, se escuchan ruidos de estruendo y disparos de arma de fuego, gritos desafiantes, por la magnitud de lo ocurrido en lugar se consulta al magistrado interviniente ordenando este que se realicen allanamientos en los domiciliados de las familias de los posibles causantes, al ingresara al domicilio de uno de los señalados se logra dar con uno de los masculinos, este intenta darse a la fuga con ayuda de otros dos masculinos, lesionando al personal policial actuante, procediéndose al arresto preventivo siendo trasladados a sede policial, a posterior desde la finca de otro de los causantes se escuchan detonaciones de arma de fuego, en la misma se logra el arresto de tres masculinos, realizándose a uno de ellos requisa palparea (masculino-mayor de edad), secuestrándosele un arma blanca, habiendo en el lugar otros masculinos uno mayor y otro menor de edad quienes se resisten y entorpecen el accionar policial, siendo todos trasladados a sede policial, del interior de la finca se secuestran un caño de 45 cm. de largo encintado en forma de L, y en su interior un cartucho calibre 14′ percutado, una vez en sede policial son examinados por medico policial en turno, constatando en cuatro de ellos lesiones leves y halitosis alcohólica y en dos de ellos sin lesiones y sin ebriedad y en personal policial lesiones leves y sin ebriedad, quedando uno de ellos internado en el nosocomio local en calidad de arrestado. a continuación se procede a allanar otro domicilio donde se procede al arresto de un masculino mayor de edad, otro menor y una femenina, quienes en el proceder policial agreden al personal actuante, se le realiza una requisa palparea teniendo la femenina en su cintura un arma de fuego calibre 22′ largo, color gris con cachas negras envueltas en cinta negra, observándose en el piso de la morada tres cartuchos calibre 20′ color amarillo y detrás de la cocina un cartucho de color gris calibre 7,62′, al salir del lado de afuera arriba de un toldo de lona un envoltorio de papel madera con tres ataduras de piola color anaranjado, denominada bomba molotov o bomba de fabricación casera, siendo todos arrestado y trasladados a sede policial, medico policial constató en uno de ellos lesiones leves y halitosis alcohólicas y en los dos restantes lesiones leves y sin ebriedad. Constituido personal policial en el nosocomio local, por averiguaciones del estado de la persona que habría ingresado lesionada, se realiza consulta con medico de guardia, manifestando este que seria un menor y había ingresado sin vida. Examinado por medico policial constato en el mismo el fallecimiento. De investigaciones realizadas por Agrupación de Unidades Especiales, quienes se constituyeron en el domicilio de un barrio de esta ciudad, se entrevistan con un masculino mayor de edad, quien es interiorizado de los pormenores , el mismo hace entrega de un arma de fuego, siendo un revolver calibre 22′, color negro con numeración visible y cinco cartuchos intactos, siendo estos uno punta sólida marca Rémington, tres punta hueca marca Súper y uno punta sólida encamisada con bronce marca F y tres vainas servidas marca Súper, y sin oponer reparo alguno se procede al traslado a sede policial, examinado por medico policial constato lesiones leves y sin ebriedad. se le recepciona declaración orientativa y manifestó ser el autor de presente hecho que se investiga. previa consulta con el magistrado interviniente mismo ordeno autopsia del occiso y a posterior sea entregado a sus familiares para su inhumación.
FUENTE Relaciones Policiales UR XIV
